CAMPAÑA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
PPREFECTURA LANZA CAMPAÑA DE INSPECCIONES CONCENTRADA PARA EVITAR ACCIDENTES CAUSADOS DURANTE LAS OPERACIONES CON BOTES SALVAVIDAS
En el marco de los compromisos asumidos por la Institución en el ámbito del Acuerdo
Latinoamericano sobre el Control de Buques por el Estado Rector del Puerto (Viña del Mar,1992), se ha previsto para el año en curso llevar a cabo una Campaña de Inspecciones Concentrada (CIC) sobre “Medios de Suelta de Botes Salvavidas”, de conformidad con la regla III/20 del Convenio SOLAS (SOLAS 1974) y regla I/14 del Convenio internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (STCW 78), en su forma enmendada, durante el período comprendido entre el 1 de Septiembre y el 31 de Noviembre del corriente.
La medida, dirigida a los buques mercantes extranjeros que visitan los puertos argentinos, se enmarca en el elevado número de accidentes causados por botes salvavidas en los que la tripulación sufrió lesiones, a veces mortales, mientras participaba en ejercicios con botes o en inspecciones, observándose que la mayoría de estos accidentes se deben principalmente a las siguientes causas:
− fallo del mecanismo de suelta con carga;
− accionamiento involuntario del mecanismo de suelta con carga;
− mantenimiento deficiente de botes salvavidas, pescantes y equipo de puesta a flote;
− fallos de comunicación;
− escasa familiaridad con los botes salvavidas, pescantes, equipo y mandos conexos;
− prácticas poco seguras durante los ejercicios e inspecciones de los botes salvavidas;
y
− fallos de proyecto distintos de los de mecanismo de suelta con carga.
En la práctica, la ejecución de la campaña de inspecciones concentrada significará que
durante cada inspección por el Estado rector del puerto a llevarse a cabo en la región
Latinoamericana, se verificarán en forma detallada los medios de puesta a flote de los botes salvavidas, los registros de mantenimiento del equipo asociado y toda otra documentación aplicable, de conformidad con las disposiciones del capítulo III “Dispositivos y Medios de Salvamento” del Convenio SOLAS 74.
Los oficiales responsables de la supervisión por el Estado rector del puerto de Prefectura (OSERPs) contarán para ello de una lista de verificación conteniendo 20 puntos seleccionados para supervisar las áreas críticas para la seguridad de los medios de puesta a flote de los botes salvavidas, algunos de ellos también relacionados con la documentación del equipo, registros de mantenimiento y la familiarización de las tripulaciones con el empleo de tales dispositivos de salvamento. De observarse deficiencias, las acciones que puede adoptar el funcionario de Prefectura interviniente podrán variar en función de su gravedad y consisten en dar instrucciones al capitán para
su rectificación dentro de cierto período de tiempo, previo al zarpe o bien proceder a imponer la medida de detención del buque hasta que se hayan rectificado las deficiencias.
Cabe destacar que el lanzamiento de la presente campaña de inspecciones concentrada se realizará conjuntamente con las Autoridades Marítimas miembro de los regímenes de supervisión por el Estado rector del puerto de Paris y Tokio.
Los resultados de la campaña serán analizados y presentados a la Secretaría del Acuerdo Latinoamericano sobre el Control de Buques por el Estado Rector del Puerto, con sede en el Edificio “Guardacostas” de la Prefectura Naval Argentina, a los fines de difundirlos a toda la comunidad marítima y, por su intermedio, a la Organización Marítima Internacional (OMI).
Fuente: Prensa PNA
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