Será obligatorio para aquellos trabajadores en relación de dependencia que durante 2012 hayan percibido una remuneración bruta igual o superior a $ 250.000.
VIGENCIA: Si bien la resolución ya está en vigencia desde el 21/12/12, es importante aclarar que el 31/01/13 opera el vencimiento del ejercicio 2012, por lo tanto AHORA SOLO deben completar el formulario quienes hayan realizado compras en el extranjero con la tarjeta de crédito o débito, a los efectos de tomar como pago a cuenta el 15% de percepción que les cobró la AFIP.Para el resto podrán ir cargando el formulario a partir del 4/2/2013, pero el vencimiento de la obligación será el próximo 31/01/2014, cuando vence el período fiscal 2013.Igualmente se sugiere no esperar a último momento, ya que de todas formas habrá que hacerlo obligatoriamente.
CÓMO COMPLETAR EL FORMULARIO
Habrá que contar con clave fiscal. Para tramitarla hay que presentarse en la AFIP que corresponde al domicilio con el DNI de lunes a viernes de 10 a 16. Es un trámite personal ya que hay que sacarse una foto y dejar las impresiones digitales (datos biométricos del contribuyente).
Ingresar a la pag www.afip.gov.ar con el CUIL y la clave.
El Formulario se llama SIRADIG- Trabajador. En caso de no estar habilitado, deberá darlo de alta previamente ingresando al Link “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”. Adherir Servicio. Buscarlo en la lista que se despliega y aceptarlo.
El formulario se completa siguiendo los pasos en el orden que se presentan:
Crear Nuevo BorradorDatos Personales: Ya aparecen cargados porque la AFIP ya los tiene en su base de datos. Hay sí que agregar el TE y el mail.GuardarMenú PrincipalEmpleadores: Ya viene cargado el CUIT y el nombre del empleador. Habrá que agregar el inicio de la relación laboral.
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Ahora en la solapa superior clikear en Carga de Formulario y nuevamente elegir carga de formulario
1) Cargas de Familia: Se cargarán los datos personales de los integrantes de la familia que se pretenden deducir. Recordar los requisitos:1. Hijos: Menores de 24 años2. Cónyuge: No debe percibir más de $ 12.960 anuales3. Otras cargas: Padres, suegros: Deben estar efectivamente a cargo y no percibir más de $ 12.960 anuales
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2) Importe de las Ganancias liquidadas en el mismo período fiscal por otro empleador. Deberá ser completado sólo por quienes tengan PLURIEMPLEO
3) Deducciones y Desgravaciones: Corresponde a lo que cargaban manualmente en el Formulario 572: personal doméstico, intereses del préstamo hipotecario, cuotas médicas, etc. Ver la lengüeta correspondiente.
4) Otras Retenciones, Percepciones y Pago a Cuenta.
Este es el capítulo a completar antes del 31/1/13, para quien corresponda.El agente de percepción será el banco emisor de la tarjeta, con su correspondiente CUIT. Los montos del 15% deberán serán agrupados por totales y desglosados mes a mes.Recordar que si hay compras realizadas a partir del 1/1/13, el recargo del 15% sólo podrá computarse como pago a cuenta del impuesto en la DDJJ que vencerá el 31/01/2014.