Generales

Nuevas Libretas de Embarco

A continuación, se orienta acerca del trámite a realizar para la obtención de la nueva Libreta de Embarco. En esta instancia se recomienda consultar acerca del asentamiento de certificados STCW´95, extensión de Refrendo, etc.

Información para realizar el tramite

A continuación se brinda información recopilada que será de utilidad para quienes tengan que realizar este trámite.

1) “Cuál es la norma que manda a hacer la nueva Libreta de Embarco”

ORDENANZA N° 6-05 (DPSN) TOMO: 5 “REGIMEN DEL PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE”www.prefecturanaval.gov.ar – info@prefecturanaval.gov.ar

Buenos Aires, 30 de marzo de 2005

IMPLEMENTACION DE LIBRETAS DE EMBARCO CON NUEVAS – MEDIDAS DE SEGURIDAD.

VISTO lo informado por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, y CONSIDERANDO:Que el Artículo 5° inciso a) apartado 17 de la ley N° 18.398 Ley General de la Prefectura Naval Argentina, establece que esta Autoridad Marítima debe llevar el Registro Nacional del Personal de la Navegación.Que el Artículo 107 de la Ley N° 20.094 de la Navegación, indica que todo el personal inscripto en el Registro Nacional del Personal de la Navegación debe tener una “Libreta de Embarco”, a fin de poder embarcarse y ejercer alguna función en los buques de la Matrícula Nacional, siendo facultad de la Autoridad Competente establecer la forma en que se expedirá dicho documento.Que el Artículo 501.0302 del Título 5, Capítulo 1, Sección 3, del “Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre” (REGINAVE), establece que a todo el Personal de la Marina Mercante se le debe otorgar una Libreta de Embarco, que será el documento oficial a los fines de cumplir empleo a bordo de los buques.Que el Artículo 501.0311 del REGINAVE, faculta a la Prefectura Naval Argentina a efectuar cada CINCO (5) años el censo del personal navegante a fin de mantener actualizadas las condiciones de habilitación, documentación y estadística.Que se han registrado casos de adulteración de documentos de embarco, por lo que resulta necesario contar con una Libreta de Embarco que reúna las medidas de seguridad acorde a las nuevas tecnologías, a fin de desalentar el cometido de ilícitos.Que el Articulo 5° inciso a) apartado 2 de la Ley N° 18.398, faculta al Prefecto Nacional Naval para dictar las Ordenanzas relacionadas con las Leyes que rigen la navegación.

Por ello;

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL – DISPONE:ARTICULO 1° – Apruébase el nuevo modelo de “Libreta de Embarco” que reúne las condiciones de seguridad y formato establecidas por esta Autoridad Marítima, cuyo modelo se especifica en el Anexo N° 1 a la presente.ARTICULO 2° – Establécese, como fecha de puesta en vigencia de la presente medida, el 31 de julio de 2005 y como plazo máximo para su renovación el 31 de diciembre del año 2007.ARTICULO 3° – Fijase, el monto de la nueva Libreta de Embarco en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO ($ 45,00).ARTICULO 4° – La presente Ordenanza entrará en vigor una vez transcurridos TREINTA (30) días, computados desde el siguiente al de la fecha consignada en el encabezamiento.ARTICULO 5° – Por la Dirección de Planeamiento se procederá a su impresión, distribución y difusión en el Sitio Oficial en INTERNET, como Ordenanza (DPSN), incorporándose al Tomo 5 “REGIMEN DEL PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE”. Posteriormente corresponderá su archivo en el organismo propiciante.

Buenos Aires, 28 de enero de 2005.Carlos Edgardo Fernández – Prefecto General – Prefecto Nacional Naval

2) Requisitos a cumplimentar:

Las dependencias jurisdiccionales de la P.N.A. tramitan los expedientes y envían la documentación a la Dirección de Policía de la Navegación, completando los formularios correspondientes y verificando que se cumpla con la siguiente documentación:

1. Completar la solicitud para la extensión de la Libreta de Embarco.2. Actualizar el Prontuario. 3. Constancia de antecedentes policiales y/o judiciales extendidos por autoridad competente. 4. Certificado de domicilio otorgado por autoridad competente.5. Tener el reconocimiento médico vigente.6. Los mayores de CINCUENTA y DOS (52) años deberán presentar constancia de ANSES, que no perciben algún/os beneficio/s jubilatorio/s.7. En total, harán falta tres (3) fotos color fondo celeste, 3/4 perfil derecho de 4X4 cm.8. Entregar la Libreta de Embarco para ser intervenida por la División Personal de la Navegación. Se le extenderá una Cédula de Embarco provisoria, hasta la finalización del trámite.9. Pagar el arancel de la Libreta de Embarco.

En cuanto al reconocimiento médico, solicitar turno en el Centro (48 horas antes de ir) para realizar todos los exámenes de una sola vez en el Centro Médico que está contratado a tales fines, retirando los resultados 72 horas después en el propio Centro de Capitanes.

El Certificado de Reincidencia se obtiene en la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal con:

a) Planilla solicitada en el lugar completa.b) Fotocopia D.N.I.c) Aranceles: $27,5 (trámite en 5 días hábiles) ó $40 (trámite en 24hs) ó $50 (trámite en 8hs).Dirección: Tucumán 1353Horario: De 07:30 a 12:00Retirar certificado: con DNI de 14:00 a 19:00Teléfonos:4374-5611/12/13Más información en www.jus.gov.ar

Otros lugares para realizar el certificado:

Capital FederalCentros de Gestión y Participación: CGP 02 Norte (Palermo): Beruti 3325 – Tel.:4827-5957CGP 03 (La Boca): Suarez 2032 – Tel.:4301-544/4628/6679/6536CGP 07 (Flores): Rivadavia 7202 – Tel.:4637-2355/4145/6902CGP 13 (Belgrano): Av. Cabildo 3067 – Tel: 4702-3748En algunos Centros de Gestión dan números, conforme a la demanda. Se sugiere confirmar previamente en forma telefónica.Más información en www.buenosaires.gov.ar

Conurbano Bonaerense:San Isidro: 9 de Julio 366 Piso 1 – Tel.:4747-7149Lomas de Zamora: Av. Hipólito Yrigoyen 7402 – Tel.:4242-5906Morón: Av. Rivadavia 18.380 – Piso 1 – Tel.:4629-2001San Martín: Moreno 3901 – Tel.:4754-3993.

Interior del país:Córdoba:Capital: Oficina Registro Provincial de Reincidencia. Ituzaingo 1350 – Tel.: 0351-4344015/4688442La Rioja:Capital: Oficina de Reincidencia. Pelagio Baltazar Luna 336 – Tel.: 03822-433088Salta:Capital: Oficina U.E.R. Caseros 670 – Piso 2 – Bandeja Central – Tel.: (0387) 4217752Santa Fe:Capital:San Jerónimo 1551 – Tel.: (0342) 4572700 int. 2042.Rafaela: Lavalle 139 – Tel.: (03492) 421679.Reconquista:Oficina Juzgado en lo Penal Correccional.San Martín 1019 PB – Tel.: (03482) 428833.Rosario: Balcarce 1651 – Tel.: (0341) 4721739 o 4721741.Venado Tuerto: Castelli 595 – Tel.: (03462) 425689 o 434901.Vera: San Martín 1864 – Tel.: (03483) 421291.Tierra del Fuego:Ushuaia:Prosecretaria de Registro. Congreso Nacional 502, Edificio de Tribunales Provinciales – Tel.: (02901) 44391 / 443258 int. 139Santa Cruz:Río Gallegos: Zapata 735 – Tel.: 02966 438002/422265/425417Tucuman:Colegio Publico de Abogados:24 de Septiembre 741 – Tel.: (0381) 4248277IMPORTANTE: la validez del certificado es de 90 días.

Para aquellos que tengan más de 52 años, la Certificación Negativa puede ser obtenida fácil y rápidamente en el sitio en Intenet de Anses: http://www.anses.gov.ar/autopista/Serv_corporativos/certificaciones.htmCon el Certificado de Reincidencia y las fotos, dirigirse a Navireport P.N.A. para solicitar Orden para Actualización de Prontuario:División Control de la NavegaciónAvenida Ramón Castillo y Prefectura Naval (entrada Wilson – Dársena E)2do Piso Oficina 2.31Teléfono: 4576-7662/65 Interno 4264Horario: De 08:00 a 13:00

Luego, dirigirse a División Prontuario de P.N.A. con:a) Libreta de Embarco.b) D.N.I.c) 1 foto 4×4, 3/4 perfil derecho, fondo celeste.d) Certificado de Reincidencia.e) Orden de Navireport para Actualización de Prontuario.Dirección: Lavaize 1058 (ex Benito Correa) atrás de la playa de estacionamiento del Casino flotanteHorario: de 07:30 a 11:00Se puede solicitar entrega en mano para agilizar el trámite. La entrega tarda aproximadamente 10 días hábiles

El Certificado de Domicilio se tramita en sede policial correspondiente a su domicilio, con:1) $10.- (Ciudad Autónoma de Buenos Aires ? en Provincia es sin cargo)2) DNI3) Boleta de servicioTrámite en el actoLo entregan en 24hs. La recepción no es personal, pero es necesario dejar el D.N.I. ya que podrían solicitarlo.El trámite puede variar según la jurisdicción, se sugiere consultar telefónicamete en forma previa a la sede policial correspondiente a su domicilio.

Con la Nota de Prontuario actualizado, el Certificado de Domicilio y las fotos, dirigirse a Navireport P.N.A. para renovación de libreta con:1) libreta anterior.2) $45 (libreta nueva).3) $7 (cédula de embarco).4) 2 fotos 4×4, 3/4 perfil derecho.5) Certificado de Domicilio.6) Nota de prontuario actualizado.

División Control de la NavegaciónAvenida Ramón Castillo y Prefectura Naval (entrada Wilson – Dársena E)2do Piso Oficina 2.314576 7662/65 Interno 4264De 08:00 a 13:00

Allí, se le extenderá una Cédula de Embarco, para continuar trabajando durante la tramitación, la que será entregada aproximadamente dentro de los 7 días corridos (normalmente es menos).

Finalmente: retirar la nueva Libreta de Embarco en Navireport P.N.A. dentro de los 30 días corridos aproximadamente.

EL TRAMITE ES ORIENTATIVO Y NO NECESARIAMENTE DEBE REALIZARSE EN EL ORDEN INDICADO.

SUGERENCIA IMPORTANTE: MANTENGA FOTOCOPIA, SI ES AUTENTICADA MEJOR, DE SU LIBRETA DE EMBARCO. SI POR ALGUNA CIRCUNSTANCIA SE EXTRAVIARA, EL RECUPERO DE LA INFORMACIÓN ES SUMAMENTE DIFICULTOSO, MÁXIME CUANDO HUBIERA TRANSCURRIDO MUCHO TIEMPO DESDE EL PRIMER REGISTRO EFECTUADO EN LA MISMA.

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