Asuntos Técnicos

Tribunal Administrativo de la Navegación: Decreto 160/2015

Nómbrase Vocal del Tribunal Administrativo de la Navegación.

Bs. As., 9/2/2015

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Ley N° 18.870 se creó el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN dependiente de la ARMADA ARGENTINA.

Que en los artículos 2° y 5° de la citada ley se establece que el referido Tribunal tendrá jurisdicción “en todas las aguas navegables de la Nación o de las Provincias que sirvan al tránsito y comercio interjurisdiccional y en sus costas, así como en los puertos sometidos a jurisdicción nacional”, respecto de los hechos considerados accidentes de navegación, que comprenden aquellos “causados o sufridos por buques, embarcaciones o artefactos navales, que produjeren daño o riesgo de daño a sí mismos, o a otros buques, embarcaciones o artefactos navales, o a personas o a cosas, o un perjuicio injustificado a los intereses comprometidos en la expedición marítima”.

Que en el artículo 8° de la citada ley, sustituido por la Ley N° 20.395, se establece que el aludido Tribunal se conformará con UN (1) Presidente y CUATRO (4) Vocales.

Que el 14 de junio de 2011 finalizó el período de ley para el cual, por Decreto N° 1060, de fecha 13 de agosto de 2009, fue nombrado como Vocal del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN el señor Capitán de Ultramar D. Alfredo ARNAIZ (M.I. N° 7.792.313).

Que, en virtud de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1060/09, el Capitán ARNAIZ continúa ejerciendo el cargo en la actualidad.

Que, de acuerdo con lo informado por el CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE mediante nota del 5 de julio de 2011, corresponde relevar al Capitán ARNAIZ.

Que la ARMADA ARGENTINA, en razón de la terna presentada por el CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE, propone el nombramiento del señor Capitán de Ultramar D. Víctor Eduardo DELGADO (M.I. N° 7.784.937) como Vocal del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN.

Que en el artículo 11 de la citada Ley N° 18.870, sustituido por la Ley N° 20.395, se establece que los miembros del Tribunal durarán DOS (2) años en el ejercicio de sus cargos y serán reelegibles.

Que las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURÍDICOS de la ARMADA y del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 9° de la Ley N° 18.870, modificada por la Ley N° 20.395.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° — Nómbrase a partir de la fecha del presente Decreto, por un período de ley de DOS (2) años, como Vocal del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN, al señor Capitán de Ultramar D. Víctor Eduardo DELGADO (M.I. N° 7.784.937), en reemplazo del señor Capitán de Ultramar D. Alfredo ARNAIZ (M.I. N° 7.792.313), quien fue nombrado por Decreto N° 1060, de fecha 13 de agosto de 2009.

Art. 2° — El Oficial nombrado en el artículo 1°, al expirar el período previsto para eI desempeño de su cargo, deberá continuar ejerciéndolo provisoriamente hasta tanto sea dictado el acto administrativo que prorrogue su nombramiento o determine su reemplazo.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi.